nota informativa i aclaratoria sobre las elecciones


A tenor de algunas consultas realizadas durante el día de hoy en la casa Hermandad,  se añade en esta nota informativa algunas cosas que constan en la normativa para facilitar el máximo información a todos y todas los hermanos. 


¿Puedo votar si no he pagado la cuota antes de cerrar el censo electoral?

No podrán ejercer el derecho de voto aquellos hermanos que no estén al corriente del pago de la hermandad. 
Durante unos días el censo ha estado expuesto en la Casa Hermandad para poder ver si se constaba en él y ha habido un período de alegaciones


Si no se consta en el censo, no se podrá ejercer el derecho a voto.  Por tanto si estás al corriente de pago y estás en el censo, podrás votar si lo deseas. 

¿Puedo delegar mi voto a otra persona?

No.  Tal y como contempla la normativa electoral y el marco jurídico el voto a Hermano/a Mayor es indelegable.  
Esta fórmula de delegación solo es valida para Asambleas, ya sean ordinaria o extraordinarias.

¿Puedo votar por correo?


Sí, y solo en el caso que lo hayas hecho antes del 11 de noviembre y conste en el sobre el sello de correo administrativo de una estafeta de correos. 

¿Qué horario de votación hay?

El próximo día 15, podrás hacerlo de 12:00 a 14:00 ó de 17:00 a 19:00 en los locales parroquiales de María Auxiliadora. 

¿ Qué necesito para votar?

Mostrar simplemente el DNI o un documento acreditativo oficial. 

...Y si no voto, ¿sucede algo?

No. El voto es un derecho que se puede ejercer o no. Eso es una libertad de cada hermano y hermana. 


¿Cuando sabré el resultado?


El domingo a las 19:00 se procederá al recuento y proclamación. El resultado se enviará al Arzobispo para su información, y si cabe tener la aprobación definitiva. 
En esta web se publicará el acta y se facilitará la información.